La Secretaría de Economía propone cambiar la forma en que México mide y supervisa el contenido nacional en el sector eléctrico. El proyecto enviado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) establece una metodología única para cuantificar el valor de bienes, servicios, empleo, capacitación, tecnología e infraestructura nacional en permisos y contratos de las empresas eléctricas.
La propuesta sustituiría el acuerdo publicado en 2018, cuyo alcance estaba concentrado en asociaciones y contratos para obras de construcción, ampliación y modernización de la infraestructura de transmisión y distribución. El nuevo instrumento abarcaría de forma transversal a las integrantes del sector eléctrico.
Del cable a toda la cadena
La metodología sería obligatoria para empresas eléctricas que operen bajo contratos o permisos. El formato anexo incluye a transportistas, distribuidoras, generadoras, suministradoras, comercializadoras, usuarios calificados, importadores, exportadores y comercializadoras no suministradoras.
Con ello, el contenido nacional dejaría de revisarse sólo en segmentos específicos de la red eléctrica y se extendería a actividades de generación, almacenamiento, transmisión, distribución, suministro y comercialización.
La Dirección General de Contenido Nacional y Fomento en el Sector Energético (DGCNFSE) sería la responsable de interpretar, aplicar, supervisar y vigilar las reglas. También recibiría los informes, haría requerimientos documentales, realizaría visitas de verificación y comunicaría a la Secretaría de Energía los casos de cumplimiento o incumplimiento.
Para las empresas, el punto de partida será un Informe de Contenido Nacional por cada permiso o contrato, integrado por siete anexos: bienes, servicios, mano de obra, capacitación, transferencia tecnológica e infraestructura física local y regional, además del concentrado del indicador.
Qué se medirá
La fórmula propuesta calcula el porcentaje de contenido nacional al comparar el valor nacional de los componentes elegibles contra el gasto total asociado con el permiso o contrato.
El indicador reconoce bienes nacionales, servicios nacionales y mano de obra mexicana, así como capacitación de personal nacional, transferencia de tecnología, innovación e inversión en infraestructura local y regional. Para activos cuya depreciación fiscal sea mayor a un año, el cálculo usaría la depreciación fiscal correspondiente al periodo reportado, no necesariamente el valor total de adquisición.
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Esto abre una ruta para que las empresas acrediten contenido nacional más allá del origen físico de turbinas, transformadores, cableado o equipos. La contratación de trabajadores mexicanos, el desarrollo tecnológico en territorio nacional, la capacitación especializada y las inversiones comunitarias también tendrían peso en el indicador.
No todos los gastos podrán contabilizarse. El proyecto excluye papelería, alimentos y bebidas, mobiliario de oficina, publicidad, hospedaje, arrendamiento inmobiliario, servicios financieros, seguros, renta de vehículos personales, electricidad, internet, limpieza, agua y seguridad, entre otros conceptos.
Incentivos con enfoque social
El proyecto introduce multiplicadores para incentivar decisiones empresariales alineadas con la política industrial y la justicia energética.
La contratación de mujeres mexicanas en puestos de dirección, gerencia o especialidades técnicas calificadas podría contabilizarse al doble dentro del componente de mano de obra nacional. El gasto laboral de jóvenes mexicanos técnicos o profesionistas de hasta 26 años también podría duplicarse.
Para las personas con discapacidad, el multiplicador sería de cuatro veces. Ese mismo factor aplicaría al empleo de mano de obra nacional y calificada que resida en el territorio donde se desarrollan proyectos eléctricos.
La propuesta también busca premiar la proveeduría. Si una empresa apoya a una MIPYME mediante asistencia técnica, financiamiento, equipamiento u otros mecanismos para incorporarla a su cadena de suministro, el valor de los bienes y servicios contratados a esa firma podría multiplicarse por cuatro.
Las compras a MIPYMES mexicanas tendrían un multiplicador de dos veces. Si esas empresas están ubicadas físicamente en la entidad donde se realizan las actividades eléctricas, el factor subiría a cuatro veces.
Además, las inversiones ambientales que beneficien comunidades o impulsen descarbonización y eficiencia energética podrían multiplicarse por tres. La infraestructura física local y regional tendría un multiplicador de dos, mientras que la transferencia tecnológica de alto impacto podría multiplicarse por 1.5.
La nueva carga documental
El componente más exigente de la propuesta es la trazabilidad. Las empresas deberán pedir a sus proveedores directos Cartas de Contenido Nacional, firmadas por representantes legales y emitidas bajo protesta de decir verdad. Estas cartas deberán identificar la proporción de contenido nacional de los bienes o servicios destinados a cada permiso o contrato.
Si un proveedor directo o indirecto no entrega la carta, el bien o servicio correspondiente tendrá una proporción de 0%. La misma regla aplicaría a bienes o servicios identificados como importados.
Las empresas deberán conservar la información durante al menos cinco años y, si la DGCNFSE lo requiere, entregar bases de datos con CFDI de nómina, RFC, CURP, nacionalidad de trabajadores, facturas de proveedores, tipos de cambio y montos asignados a cada contrato o permiso.
El reporte será anualizado cuando la autoridad lo solicite. La DGCNFSE podrá requerir información de hasta cinco ejercicios fiscales previos y el regulado contará con un plazo mínimo de 20 días hábiles para responder, con posibilidad de una sola prórroga.
Verificación y consecuencias
La Secretaría de Economía podrá revisar expedientes, requerir aclaraciones y realizar visitas de verificación. El procedimiento deberá resolverse en un máximo de 180 días naturales; si la autoridad no emite una resolución en ese plazo, se tendría por confirmada la medición en sentido positivo.
Las empresas podrán presentar pruebas y alegatos antes de una resolución definitiva. Sin embargo, la falta de respaldo documental, la entrega extemporánea o en formatos distintos a los exigidos puede llevar a que la información se contabilice en cero. Si se detecta la alteración de anexos, todo el informe se consideraría con 0% de contenido nacional.
La propuesta sigue en etapa de mejora regulatoria. Si se publica sin cambios, entraría en vigor al día siguiente de aparecer en el Diario Oficial de la Federación y abrogaría la metodología de 2018.
📌 Ficha del caso
- Proponente: Secretaría de Economía.
- Instrumento: Proyecto de metodología para medir y verificar contenido nacional en el sector eléctrico.
- Autoridad responsable: Dirección General de Contenido Nacional y Fomento en el Sector Energético.
- Alcance: Generación, almacenamiento, transmisión, distribución, suministro, comercialización, importación y exportación.
- Sujetos obligados: Integrantes del sector eléctrico con permisos o contratos.
- Cambio principal: Sustituye la metodología de 2018 y extiende el control de contenido nacional a todo el sector eléctrico.
- Componentes medibles: Bienes, servicios, empleo mexicano, capacitación, transferencia tecnológica e infraestructura local.
- Incentivos: Mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, empleo local, MIPYMES, proveedores regionales, descarbonización e infraestructura.
- Riesgo de cumplimiento: Sin carta de contenido nacional o evidencia documental, el componente puede valer 0%.
- Verificación: Revisión documental y visitas; resolución máxima en 180 días naturales.
- Estatus: Proyecto enviado a CONAMER y pendiente de publicación en el DOF.






