La Secretaría de Economía busca poner números, documentos y reglas verificables al contenido nacional de la cadena de biocombustibles en México. La propuesta enviada a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) establece una metodología obligatoria para medir, reportar y revisar la participación de insumos, empleo, servicios, tecnología e infraestructura nacional en proyectos de biomasa y biocombustibles.
El acuerdo operaría como la herramienta técnica prevista en la Ley de Biocombustibles, publicada en marzo de 2025, y en su Reglamento de octubre del mismo año. Su propósito es homologar el cálculo del contenido nacional y permitir que la Secretaría de Economía determine si las empresas cumplen los compromisos incorporados en sus autorizaciones o permisos.
De la política al expediente
La metodología sería de observancia obligatoria para personas físicas y morales de la industria de biocombustibles que sean titulares de una autorización o permiso. El formato incluido en el proyecto considera actividades de producción de biomasa y biocombustibles, así como importación, exportación, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución y expendio al público.
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Ver esta sesión →La Dirección General de Contenido Nacional y Fomento en el Sector Energético (DGCNFSE) concentraría la interpretación, aplicación, supervisión y vigilancia del esquema. También sería responsable de recibir informes, solicitar documentación, realizar verificaciones y comunicar a la Secretaría de Energía el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones de contenido nacional.
El cambio de fondo es que la política de contenido nacional deja de ser una referencia general para convertirse en un procedimiento operativo. Las empresas deberán presentar información por cada autorización o permiso, utilizando un informe estandarizado y ocho anexos en Excel, respaldados con documentos, cartas de proveedores y registros de gasto.
Cómo se calculará
El grado de contenido nacional se mediría mediante una fórmula que confronta el valor nacional de los componentes elegibles contra el gasto total asociado con cada autorización o permiso.
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El numerador incorpora materia prima, bienes, mano de obra nacional y trabajo calificado, servicios, capacitación, transferencia tecnológica e inversión en infraestructura física local y regional. El denominador considera el gasto total en esos mismos rubros, incluyendo insumos y mano de obra extranjera.
Esto implica que el indicador no se limitará al origen de un equipo o de una materia prima. También podrá reconocer la contratación de trabajadores mexicanos, servicios nacionales, capacitación especializada, investigación y desarrollo tecnológico en México, además de inversiones que mejoren infraestructura local o regional vinculada con la industria.
La propuesta excluye del cálculo conceptos como papelería, alimentos y bebidas, mobiliario de oficina, publicidad, hospedaje, renta inmobiliaria, servicios financieros, seguros, electricidad, internet, limpieza, agua y seguridad, entre otros.
Incentivos para proveedores locales
Uno de los elementos más novedosos son los incentivos o multiplicadores para elevar el valor reconocido de ciertas decisiones empresariales dentro del indicador.
La contratación de mujeres mexicanas en puestos de dirección, gerencia o especialidades técnicas calificadas podría contabilizarse al doble en el componente de mano de obra nacional. El mismo multiplicador aplicaría para jóvenes técnicos o profesionistas mexicanos de hasta 26 años.
La contratación de personas con discapacidad tendría un multiplicador de cuatro veces. También podría multiplicarse por cuatro el gasto en bienes o servicios contratados a MIPYMES desarrolladas con asistencia técnica o económica por la empresa titular.
La propuesta otorga un incentivo reforzado a la proveeduría local: bienes, materias primas o servicios comprados directamente a MIPYMES mexicanas establecidas en las entidades donde se desarrolla la actividad podrían contabilizarse cuatro veces. La inversión en proyectos ambientales comunitarios tendría un multiplicador de tres, mientras que la infraestructura local y regional podría duplicarse.
Para transferencia tecnológica de alto impacto, el gasto podría multiplicarse por 1.5 y distribuirse entre autorizaciones o permisos de una misma empresa, según le convenga a la persona obligada.
Nueva carga documental
La contraparte de estos incentivos es una exigencia de trazabilidad. Las empresas deberán solicitar a sus proveedores Cartas de Contenido Nacional, firmadas por representantes legales y emitidas bajo protesta de decir verdad. Las cartas deberán precisar la proporción nacional de materias primas, bienes o servicios suministrados.
Si un proveedor directo o indirecto no entrega dicha carta, el insumo correspondiente se considerará con 0% de contenido nacional. La misma consecuencia aplicará a bienes, materias primas o servicios identificados como importados.
Los titulares tendrán que conservar por cinco años la información de contenido nacional. Deberán contar con bases de datos de CFDI, nómina, facturas, RFC de proveedores, importes, monedas, tipos de cambio, asignación de gastos por permiso y documentos que acrediten la nacionalidad de trabajadores.
La información se entregaría a requerimiento de la DGCNFSE, para periodos de hasta cinco ejercicios fiscales previos. La empresa tendría al menos 20 días para atender la solicitud, con opción de una sola prórroga de hasta la mitad del plazo inicial.
Verificación y efectos
La Secretaría de Economía podrá realizar verificaciones de gabinete y visitas de verificación. El procedimiento deberá resolverse en un máximo de 180 días naturales; si no se emite resolución dentro de ese periodo, el proyecto contempla una confirmativa ficta en sentido positivo.
Las empresas podrán responder requerimientos, presentar pruebas y formular alegatos. Sin embargo, si el respaldo documental es incompleto, se presenta fuera de tiempo o no cumple las formalidades previstas, el contenido correspondiente se computará en cero. La alteración de anexos llevaría a que todo el informe se considere con 0% de contenido nacional.
El acuerdo entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Por ahora, el documento conserva fecha pendiente y sigue sujeto al proceso de mejora regulatoria.
📌 Ficha del caso
- Proponente: Secretaría de Economía.
- Instrumento: Proyecto de metodología de contenido nacional para biomasa y biocombustibles.
- Autoridad responsable: Dirección General de Contenido Nacional y Fomento en el Sector Energético.
- Sujetos obligados: Titulares de autorizaciones o permisos en la industria de biocombustibles.
- Actividades consideradas: Biomasa, producción, importación, exportación, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución y expendio.
- Cambio central: Establece fórmula, formatos, evidencia documental y procedimiento de verificación para contenido nacional.
- Incentivos: Mujeres en puestos clave, jóvenes, personas con discapacidad, MIPYMES, proveeduría local, tecnología e infraestructura.
- Riesgo de cumplimiento: Insumos sin carta de contenido nacional o sin respaldo pueden contabilizarse en 0%.
- Verificación: Revisión documental y visitas; plazo máximo de 180 días naturales.
- Estatus: Proyecto enviado a CONAMER; aún pendiente de publicación en el DOF.




