La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente propone eliminar un acuerdo de diciembre de 2025 que delegó facultades de supervisión y vigilancia a la Dirección General de Gestión de Operación Integral. La razón: esas atribuciones ya están previstas en el Reglamento Interior de ASEA y en otros instrumentos delegatorios vigentes.
Por qué importa: la medida no reduce inspecciones ni elimina obligaciones para gasolineras, transportistas, laboratorios, unidades de inspección o empresas del sector hidrocarburos. Busca ordenar quién ejerce las facultades dentro de la Agencia y eliminar una duplicidad normativa.
Qué propone ASEA
El proyecto enviado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria plantea abrogar el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2025.
Ese acuerdo había delegado a la Dirección General de Gestión de Operación Integral facultades de supervisión y vigilancia sobre actores clave para el cumplimiento regulatorio del sector:
- Personas físicas o morales autorizadas o certificadas como auditores externos.
- Organismos de certificación.
- Laboratorios de prueba y de calibración.
- Unidades de inspección acreditadas por ASEA.
- Empresas reguladas en materia de garantías financieras.
La Agencia sostiene que esas competencias ya fueron asignadas a otras áreas mediante su Reglamento Interior y un acuerdo delegatorio previo. Por ello, mantener vigente el instrumento de 2025 genera superposición de facultades.
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Qué cambia y qué no
Lo que cambia: deja de existir la base específica que otorgaba esas atribuciones a la Dirección General de Gestión de Operación Integral.
Lo que no cambia: la supervisión, inspección y vigilancia de instalaciones, terceros autorizados y sujetos regulados continúa dentro de ASEA.
El proyecto identifica como responsables de esas funciones a la Unidad de Supervisión, Inspección y Vigilancia Industrial y a la Dirección General de Supervisión, Inspección y Vigilancia de Operación Integral. Las atribuciones se sustentan en los artículos 13 y 36 del Reglamento Interior de la Agencia, además de un acuerdo anterior que delega facultades a las jefaturas de la Unidad de Gestión Industrial y de la Unidad de Supervisión, Inspección y Vigilancia Industrial.
La lectura correcta: ASEA no elimina poderes de inspección. Los concentra o confirma en las áreas que ya los tienen reconocidos en su estructura orgánica.
Simplificación administrativa
La propuesta se presenta bajo el marco del Plan México y del Modelo Nacional de Simplificación y Digitalización, ambos orientados a reducir cargas administrativas, homologar procesos y mejorar la eficiencia pública.
ASEA señala que la abrogación busca incrementar eficiencia operativa, elevar transparencia y ofrecer certeza jurídica respecto de qué oficinas pueden ejercer funciones de supervisión y vigilancia.
Para las empresas reguladas, el beneficio potencial está en reducir incertidumbre administrativa. Si varias áreas parecen tener facultades similares, puede haber dudas sobre quién emite requerimientos, atiende expedientes, vigila el cumplimiento o resuelve trámites. La propuesta intenta corregir esa dispersión.
Pero la simplificación interna no equivale a una flexibilización de obligaciones técnicas. La Agencia mantiene sus facultades de regulación, supervisión y sanción en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y protección ambiental.
Quiénes deben poner atención
El documento impacta principalmente a los terceros que apoyan el sistema de cumplimiento de ASEA:
- Auditores externos.
- Unidades de inspección.
- Laboratorios acreditados.
- Organismos de certificación.
- Empresas obligadas a mantener garantías financieras.
También interesa a gasolineras, distribuidores de gas LP, transportistas, almacenistas, operadores de ductos, terminales y proyectos industriales, ya que todos dependen, en alguna etapa, de dictámenes, pruebas, inspecciones o verificaciones realizadas por estos terceros.
El riesgo de transición: el proyecto no establece reglas específicas para los procedimientos que estén en curso bajo el acuerdo de diciembre de 2025. Sólo señala que entrará en vigor al día natural siguiente de su eventual publicación en el DOF.
ASEA tendrá que explicar qué área concluirá expedientes abiertos, órdenes de visita, requerimientos o procesos de vigilancia iniciados bajo el instrumento que pretende abrogar. Aunque la Agencia argumenta que las facultades ya existen en otras normas, una ruta de transición clara evitaría retrasos y controversias.
Aún no es obligatorio
Hay un elemento importante: el texto tiene campos sin completar en su parte final, donde aparece “XXXXX del mes de XXXX del año dos mil veintiséis”. Esto confirma que se trata de un proyecto regulatorio en análisis ante CONAMER, no de un acuerdo vigente o publicado oficialmente.
Qué sigue: CONAMER deberá analizar el impacto regulatorio. Después, ASEA podrá ajustar el proyecto, emitir una respuesta a observaciones y, eventualmente, publicarlo en el Diario Oficial de la Federación.
La señal para el mercado es clara: la Agencia no anuncia menos vigilancia, sino una reorganización para definir con mayor precisión qué oficina vigila a quién.
📌 Ficha del caso
- Autoridad proponente: Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente
- Instancia revisora: Comisión Nacional de Mejora Regulatoria
- Instrumento: Proyecto de acuerdo abrogatorio
- Acuerdo a eliminar: Delegación de facultades a la Dirección General de Gestión de Operación Integral
- Publicación del acuerdo anterior: 24 de diciembre de 2025
- Motivo: Facultades ya previstas en Reglamento Interior y otros instrumentos
- Áreas con atribuciones vigentes: Unidad y Dirección General de Supervisión, Inspección y Vigilancia
- Sujetos relacionados: Auditores, laboratorios, unidades de inspección, certificadoras y regulados con garantías financieras
- No implica: Eliminación de inspecciones, sanciones u obligaciones de seguridad y ambiente
- Entrada en vigor prevista: Día natural siguiente a una eventual publicación en DOF
- Estatus: Proyecto en análisis de impacto regulatorio; aún no vigente











