La Secretaría de Energía (SENER), bajo la titularidad de Luz Elena González Escobar, oficializó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se establecen los requisitos obligatorios para la adquisición de Certificados de Energías Limpias (CEL) correspondientes a los ejercicios 2025 y 2026. La medida, previamente enviada por la dependencia a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) para su evaluación técnica, fija una cuota del 13.9% sobre el consumo total de energía eléctrica en los centros de carga para ambos periodos.
Esta resolución ratifica las proporciones vigentes en años anteriores, ofreciendo certidumbre jurídica a los usuarios calificados, suministradores y participantes del Mercado Eléctrico Mayorista. Al mantener la meta en 13.9%, la autoridad busca equilibrar el cumplimiento de los compromisos de descarbonización con la realidad operativa y la confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional.
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│ REQUISITOS OBLIGATORIOS DE CEL │
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│ • Periodo de obligación 2025: 13.9% del consumo total │
│ • Periodo de obligación 2026: 13.9% del consumo total │
│ • Próximos periodos (2027-2029): Por definir por SENER │
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Alineación con la planeación de la transición energética
El acuerdo fundamenta su postura en las metas de mediano y largo plazo del Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030 y el Programa Sectorial de Energía. Dichos instrumentos proyectan que para el año 2030 la generación limpia en el país alcance entre el 35% y el 38% del total nacional, incorporando hasta 22,000 megawatts adicionales de capacidad renovable y limpia en el sistema eléctrico.
Los Certificados de Energías Limpias, emitidos por la Comisión Nacional de Energía (CNE), constituyen el instrumento regulatorio central para acreditar que un monto determinado de energía consumida en las instalaciones industriales y comerciales proviene de fuentes no contaminantes, sin importar la fecha de inicio de operación comercial ni la propiedad de las centrales eléctricas generadoras.
Escenario rumbo al periodo 2027–2029
En las disposiciones transitorias del acuerdo se establece que la determinación de los requisitos de CEL para los años 2027, 2028 y 2029 será emitida posteriormente por la SENER con base en una nueva metodología elaborada en conjunto con la CNE.
Con esta publicación oficial, la administración federal consolida el marco normativo que regirá las obligaciones de descarbonización corporativa y consumo limpio durante los próximos dos años, otorgando previsibilidad operativa y financiera a los participantes de la industria eléctrica nacional.
📌 Ficha del caso
- Dependencia emidora: Secretaría de Energía (SENER).
- Titular emisor: Luz Elena González Escobar.
- Instrumento: Acuerdo por el que se establecen los requisitos para la adquisición de Certificados de Energías Limpias para los años 2025 y 2026.
- Estatus regulatorio: Oficial, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 17 de agosto de 2026.
- Obligación fijada: 13.9% de adquisición de CEL sobre consumo de centros de carga para 2025 y 2026.
- Próxima regulación: SENER y la Comisión Nacional de Energía (CNE) definirán posteriormente la metodología y requisitos para el periodo 2027–2029.
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