Desde el 21 de septiembre y hasta el 15 de enero de 2027, las empresas con permisos legados de autoabastecimiento y cogeneración pueden solicitar su migración voluntaria a las figuras de la Ley del Sector Eléctrico. El trámite es expedito pero no simple: exige tener resuelta la manifestación de interés, la representación ante el Mercado Eléctrico Mayorista y la funcionalidad de tu medición, entre otros requisitos.
Energy News desarrolló una herramienta interactiva que responde, en unos minutos, qué modalidad de migración corresponde a tu empresa, qué documentos y condiciones debes cumplir y en qué fechas —con base en los Lineamientos publicados por la SENER y su Acuerdo modificatorio del 8 de septiembre de 2026.
¿Te conviene migrar del autoabasto?
Descubre qué cambia para tu empresa, qué necesitas y cuánto tiempo tienes. Responde unas preguntas y obtén tu ruta de migración según los Lineamientos de la Secretaría de Energía, con documentos, obligaciones y fechas.
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